La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 9° de la Ley 797 de 2003, que obliga a las mujeres a cotizar 1.300 semanas para su pensión de vejez, el mismo tiempo que los hombres.
Según esa ley aún vigente, mientras las mujeres en Colombia hoy pueden pensionarse a los 57 años de edad, los hombres pueden hacerlo a los 62, pero las semanas cotizadas exigidas para ambos géneros son las mismas.
No obstante, la Corte Constitucional señaló en su fallo, conocido este 6 de junio, que esto último viola el derecho a la igualdad y ordenó al Congreso de la República y al Gobierno Nacional regular este tema para que que las mujeres en Colombia puedan pensionarse si ya alcanzaron una cotización de 1.000 semanas al sistema de seguridad social, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos exigidos por la ley.
El alto tribunal explicó que el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito laboral y de la vejez en el sistema de seguridad social integral debe tener en cuenta las inequidades que tienen las mujeres en materia de protección social.
Esta desigualdad laboral hacia las mujeres radica en que para que ellas puedan acceder a la pensión deben acreditar las mismas 1.300 semanas de cotización que los hombres, «sin considerar las barreras y dificultades que enfrentan para acceder y mantenerse en el mercado laboral y asumir las obligaciones del cuidado del hogar, tanto como las que se intensifican cuando llegan a la adultez mayor».
¿Desde cuando se pensionarán las mujeres con 1.000 semanas cotizadas?
En su decisión de este martes, la Corte Constitucional señala que, hasta el próximo 31 de diciembre de 2025 el Congreso de la República y el Gobierno Nacional tendrán plazo para regular el requisito de las semanas cotizadas para la pensión de las mujeres en Colombia.
Esto implica que el Congreso debe legislar y tomar una decisión, que debe ser sancionada por el Gobierno Nacional antes del 31 de diciembre de 2025, en relación con este fallo de la Corte Constitucional que beneficia a las trabajadoras en Colombia.
En dicha regulación, pide el alto tribunal, se debe considerar integralmente el enfoque de género y, especialmente, la condición de las mujeres cabeza de familia.
En caso de no ser adoptado el nuevo régimen para el 1° de enero del 2026, la Corte Constitucional ordenó disminuir gradualmente las semanas de cotización, hasta llegar a las 1.000 para las mujeres.
Así las cosas, la fecha en la cual las mujeres dejarían de cotizar las 1.300 semanas que hoy exige la ley, depende del Congreso y del Gobierno, pero en todo caso esta decisión se debe acatar y empezará a tener efectos a más tardar a partir del año 2026.
Si no hay una regulación de parte del Congreso y del Gobierno Nacional para el 31 de diciembre de 2025, aclara la Corte, el número de semanas mínimas de cotización exigido a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas para el año 2026; a partir del 1° de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a las 1.000 semanas ordenadas.
Frente al tema, el presidente Gustavo Petro se pronunció a través de Twitter, donde elogió la decisión y la relacionó con la reforma pensional que su Gobierno envió al Legislativo y que en estos momentos se discute en dicha corporación.
«Me parece una excelente decisión de la Corte Constitucional que hace aún más necesaria la reforma pensional para poder financiar este gran logro de la mujer trabajadora», dijo el jefe de Estado.
Menos semanas para pensión de mujeres: ¿por qué se tomó esta decisión?
El fallo proferido por la Corte Constitucional se da en respuesta al estudio de una demanda en contra del mencionado artículo 9° de la Ley 797 de 2003, la cual a su vez había modificado un artículo de la Ley 100 de 1993.
«La ley actual no tiene en cuenta que las mujeres, por su importante rol de mamá, incluyendo el nacimiento, cuidado de los menores y labores de hogar, ven interrumpidos constantemente sus vínculos laborales durante meses y años, y por ende, su cotización al sistema pensional es más baja”, señala la demanda sobre la que se pronunció el alto tribunal.
Según el mencionado reclamo, esa inequidad de género denunciada en relación con el sistema de aportes para la jubilación en Colombia “se traduce en pensiones inferiores e inequitativas para las mujeres en comparación con los hombres”.