Ante la irresponsabilidad verbal, conceptual e institucional del presidente Petro, cuestionando, sin pruebas, la idoneidad e imparcialidad del sistema electoral colombiano, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, le pone freno y lo conmina a rectificarse
La decisión del alto tribunal también le fija límites al uso de redes sociales frente a la confianza en la Organización Electoral y le da tres días para corregir sus afirmaciones
En una decisión que pone límites a las declaraciones del jefe de Estado en plena coyuntura electoral, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó al presidente Gustavo Petro rectificar afirmaciones sobre presunto fraude electoral y abstenerse de repetirlas sin evidencia “sólida y razonable”.
La providencia, con ponencia del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, se produjo tras una demanda presentada por Ramiro Bejarano Guzmán, en la que también coincidieron las solicitudes de medidas cautelares de la Procuraduría General de la Nación
El Tribunal fue más allá de las órdenes y examinó el sustento de las afirmaciones del mandatario. Según la decisión, no se cumple el estándar de veracidad en los mensajes publicados.
Sobre las elecciones de 2014, precisó que el Consejo de Estado no concluyó que hubiera fraude ni fallas estructurales del sistema.
En cuanto a 2022, reiteró —como ya lo había hecho en una sentencia de enero de 2023— que no existió fraude contra el Pacto Histórico. Explicó que la diferencia entre el preconteo y el escrutinio se debió a errores en el diseño del formulario E-14, que afectaron el reporte inicial de votos, pero no su conteo final. Los votos, señaló, siempre estuvieron registrados y fueron correctamente consolidados en los escrutinios.
Esa conclusión coincide con lo reportado por la misión de observación de la Unión Europea, que dio cuenta de que las inconsistencias detectadas obedecieron a fallas en el diligenciamiento y diseño del formulario E-14, y no a una alteración de los resultados.
En relación con las elecciones del 8 de marzo de 2026, el Tribunal también fue enfático: los reportes disponibles muestran diferencias entre el preconteo y el escrutinio inferiores al 1 %, lo que considera un indicador positivo sobre la confiabilidad del proceso y la forma como ha sido conducido por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Un llamado a la prudencia institucional
La decisión insiste en que las afirmaciones del presidente Gustavo Petro resultan problemáticas porque se apoyan en interpretaciones que “cambiaron el mensaje” de decisiones judiciales, especialmente en el caso de 2014, y porque trasladan al ciudadano la idea de que existe un respaldo judicial a denuncias de fraude que, según el Tribunal, no existe.
interpretaciones que “cambiaron el mensaje” de decisiones judiciales, especialmente en el caso de 2014, y porque trasladan al ciudadano la idea de que existe un respaldo judicial a denuncias de fraude que, según el Tribunal, no existe.
En ese sentido, advierte que invocar decisiones del Consejo de Estado como prueba de irregularidades genera una percepción equivocada, al presentarlas como conclusiones de un tercero imparcial que en realidad no declaró la existencia de fraude ni fallas estructurales en el sistema electoral.
La providencia no solo impone la rectificación de los mensajes ya emitidos, sino que fija un criterio hacia el futuro: el jefe de Estado podrá pronunciarse sobre la confiabilidad del sistema electoral, pero únicamente si cuenta con evidencia empírica “sólida y razonable” y después de haber acudido, de manera preferente, a los canales institucionales creados para ese fin
El Tribunal también deja abierta la posibilidad de que el Presidente acuda a otros medios, siempre que se haya verificado previamente una falta de respuesta de las autoridades competentes frente a inquietudes sustentadas. De lo contrario, advierte, se pone en riesgo el derecho colectivo de los ciudadanos a confiar en los resultados electorales.
La medida cautelar busca equilibrar dos principios: el derecho a la libertad de expresión del Presidente y la necesidad de proteger la credibilidad de la Organización Electoral en un momento clave del calendario democrático.
En esa línea, la corporación recalca que la ciudadanía “merece certeza” sobre los resultados de los comicios y que esa confianza puede verse afectada cuando desde la jefatura del Estado se emiten afirmaciones sin sustento suficiente sobre fraude o debilidades del sistema.
Por eso, concluye, el Presidente debe ajustar su actuación pública a los deberes constitucionales que le exigen contribuir a la unidad nacional y a la estabilidad institucional, especialmente frente a procesos electorales en curso
