La constitución colombiana ampara en su artículo 39 el derecho a constituir sindicatos. Dice textualmente.” Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución”
Esta generosidad constitucional ha sido mal interpretada y se ha implementado en cientos de empresas en el país un negocio que ha resultado altamente jugoso y redondo para los mal llamados sindicalistas. Ellos que nunca son investigados, incluidos los de la rama judicial, presionan y amenazan con parar la producción y las actividades causándole grave perjuicio al aparato productivo de la nación
Los sindicatos los hay como en cualquier negocio lucrativo en diferentes presentaciones: Sindicatos de gremios, de empresas, e industriales. de empresas varias y de trabajadores de empresas independientes- En la doctrina colombiana se establece una estructura sindical que pasa por los siguientes rangos: Sindicatos de primer grado, de segundo grado, de tercer grado, federaciones, confederaciones. Cut, Cgt, Fsm, Csi, y hasta organizaciones internacionales
Estas organizaciones han abusado del poder que le otorga la Ley, llevando a cientos de empresas en Colombia a la quiebra. ¿Porqué la Unidad Nacional de Protección tiene 19 sindicatos? Cada uno de ellos tiene y protege sus propios intereses, intereses que son los mismos, comunes, y por los cuales podría luchar una sola organización